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Guía · Informe técnico de tala

¿Quién firma el informe técnico para talar un árbol?

Un facultativo competente: es lo que exige la Ley 8/2005 para autorizar la tala de un árbol protegido enfermo, peligroso, que daña estructuras o invasor (art. 2 bis). Si se tala por una obra, un técnico competente debe acreditar que no se puede trasplantar (art. 2.3). Y el informe lo aportas tú, no el Ayuntamiento.

Algunos municipios piden más. En Villanueva del Pardillo, un ingeniero colegiado; en Galapagar y Moralzarzal, un técnico colegiado. Si lo firma quien no corresponde, el Ayuntamiento te pedirá que lo subsanes y el expediente se retrasa.

Ley contrastada en el BOE el 07/10/2026 · requisitos municipales verificados el 29/09/2026.

Municipio por municipio

Quién debe firmar el informe y qué piden en cada ayuntamiento

  • Villanueva del Pardillo: Informe técnico detallado del ejemplar firmado por ingeniero colegiado y competente en la materia. Es el requisito de firma más exigente de la zona. (Sede electrónica, «Solicitud de Autorización para la Tala de Arbolado»)
  • Galapagar: Si se tala por seguridad o por ser especie invasora, informe de técnico colegiado con fotos y croquis. (Ficha de tala de la sede)
  • Moralzarzal: Informe de técnico colegiado para la tala y la poda drástica. El Ayuntamiento lo deja por escrito: «El Técnico municipal NO realiza el informe de tala»; solo lo valora. (Página municipal de talas y podas)
  • Pozuelo de Alarcón: Si el árbol daña una estructura, el informe lo firma un técnico especialista en construcción: arquitecto, ingeniero superior, arquitecto técnico o ingeniero técnico. (Formulario y ficha de la sede)
  • Las Rozas: Informe de facultativo competente que motive la necesidad de la tala y la edad del árbol. Para una poda drástica, además, los motivos y el esquema de cortes. (Ordenanza de Arbolado, arts. 9.3 y 15.2)
  • Majadahonda: El informe de riesgo debe declarar el método de evaluación arboricultural empleado (SIA, ISA, VTA, QTRA…). (Ficha municipal «Arbolado en situación de riesgo»)
  • Hoyo de Manzanares: Informe de «profesional cualificado» con contenido mínimo tasado (ver abajo). (Ordenanza ecológica, art. 20.4)
  • Collado Villalba: Estudio de arbolado firmado por técnico competente. En poda, más de 5 ejemplares exigen informe técnico de cada uno. (Fichas municipales de tala y poda)
Qué lleva

Qué tiene que contener un informe técnico de tala

Hoyo de Manzanares lo detalla mejor que nadie: el informe de un árbol vivo debe analizar como mínimo lo siguiente (art. 20.4). Collado Villalba y Las Rozas piden algo muy parecido.

Identificación del árbol. Especie, ubicación, tamaño y edad aproximada.

Estado fitosanitario y previsión de longevidad.

Peligrosidad y posibles daños a infraestructuras e inmuebles.

Singularidad o rarezas del ejemplar.

Viabilidad del trasplante y alternativas a la tala.

Compensación. Collado Villalba pide además la propuesta de compensación; Las Rozas, el croquis con los árboles numerados y el presupuesto de ejecución.

Citas: Ordenanza ecológica de Hoyo de Manzanares, art. 20.4; fichas municipales de tala de Collado Villalba; Ordenanza de Arbolado de Las Rozas, art. 15.2.

Pablo Mateos Henrich, Técnico Forestal — informes técnicos de tala en el noroeste de Madrid
Quién firma tu informe

Un Técnico Forestal que da la cara

Soy Pablo Mateos Henrich, Técnico Superior en Gestión y Organización de los Recursos Naturales y Paisajísticos (Técnico Forestal). Coordino y preparo cada expediente de principio a fin: evalúo el árbol, valoro la compensación y gestiono el trámite. Doy la cara y respondo de cada intervención.

El informe técnico lo firma o visa el Ingeniero de Montes colegiado del equipo cuando el municipio lo exige. La tala la ejecuta una cuadrilla especializada con seguro de responsabilidad civil.

Pablo Mateos Henrich

Técnico Superior en Gestión y Organización de los Recursos Naturales y Paisajísticos

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan sobre el informe de tala

¿Quién firma el informe para talar un árbol?

Un facultativo competente: así lo exige la Ley 8/2005 para autorizar la tala de un árbol protegido enfermo, peligroso, que daña estructuras o invasor (art. 2 bis); si se tala por una obra, un técnico competente acredita que no se puede trasplantar (art. 2.3). Varios ayuntamientos piden más: en Villanueva del Pardillo, un ingeniero colegiado; en Galapagar y Moralzarzal, un técnico colegiado.

¿El Ayuntamiento me hace el informe?

No. El informe lo aporta quien pide la licencia y los servicios técnicos municipales lo revisan. Moralzarzal lo dice expresamente: «El Técnico municipal NO realiza el informe de tala».

¿Qué tiene que llevar el informe técnico de tala?

Depende del municipio, pero el núcleo se repite: identificación del árbol (especie, ubicación, tamaño y edad), estado fitosanitario, motivo de la tala, peligrosidad o daños, viabilidad del trasplante y alternativas, y la propuesta de compensación. Majadahonda exige además declarar el método de evaluación del riesgo.

¿A quién se le pide permiso para talar un árbol?

Al Ayuntamiento del municipio donde está el árbol. El informe técnico se adjunta a esa solicitud.

¿Quién firma los informes en Arbolex?

El expediente lo prepara Pablo Mateos Henrich, Técnico Forestal, que evalúa el árbol con un método reconocido (VTA, SIA, ISA o QTRA). El informe lo firma o visa el Ingeniero de Montes colegiado del equipo cuando el municipio lo exige.

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¿Prefieres hablar ya?

Fuentes: Ley 8/2005 de protección y fomento del arbolado urbano de la Comunidad de Madrid (BOE-A-2006-3669), art. 2 bis. Ordenanzas, fichas y sedes municipales citadas en cada punto, consultadas en fuente oficial el 29/09/2026. Esta guía es informativa y no sustituye a la resolución del Ayuntamiento.

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