Arboricultura técnica y licencias de tala y poda en Colmenarejo
Talar un árbol de más de 10 cm o podar un ejemplar protegido en una parcela de Colmenarejo requiere licencia municipal. Te explicamos qué exige el Ayuntamiento y lo gestionamos por ti.
La buena noticia es que casi nunca tienes que pelearte tú con la Administración. Evaluamos el árbol, preparamos el informe que exige la normativa —firmado o visado por el Ingeniero de Montes colegiado del equipo cuando el municipio lo requiere—, tramitamos la licencia en tu representación y coordinamos la ejecución. Tú delegas el riesgo legal; nosotros lo resolvemos.
En Colmenarejo, la tala de cualquier árbol de más de 10 cm de diámetro y la tala o poda de ejemplares protegidos están sujetas a licencia (Ordenanza reguladora de la protección del arbolado y las zonas verdes, art. 8). La Ley 8/2005 de la Comunidad de Madrid, reformada por la Ley 7/2024, tipifica la tala no autorizada como infracción muy grave. No es un trámite menor: es un riesgo legal que conviene delegar.
Lo que Colmenarejo exige (y casi nadie te cuenta)
Colmenarejo va más allá de la ley autonómica: baja el umbral de tala a 10 cm y protege una lista propia de especies. Esto es lo que pide el Ayuntamiento.
Licencia desde 10 cm de diámetro
La ordenanza exige licencia para talar cualquier árbol de más de 10 cm de diámetro o 30 cm de perímetro, la mitad que la Ley 8/2005. (Art. 8.2.a.)
Encina, enebro, fresno, melojo y quejigo, protegidos
Desde 10 cm de diámetro solo se pueden talar por peligro inmediato o incompatibilidad total con un proyecto. (Art. 55.2 y Anexo IV.)
Poda de protegidos: 1 de noviembre a 1 de abril
Y con licencia para quitar cualquier rama, sea cual sea su grosor. (Art. 59.)
Reposición ligada a la primera ocupación
La reposición se calcula con una fórmula basada en la Norma Granada y es condición para la licencia de primera ocupación. (Art. 43.)
Fuente: Ordenanza reguladora de la protección del arbolado y las zonas verdes de Colmenarejo (arts. 8, 43, 55, 59 y Anexo IV). Verificado en fuente oficial el 29/09/2026.
Qué resolvemos en el municipio
Gestión integral de licencia de tala y poda
Evaluamos, preparamos el informe que firma el técnico competente, valoramos la compensación y tramitamos la licencia ante el Ayuntamiento de Colmenarejo, de principio a fin.
Ver el servicioTala y apeo controlado
Desmontaje técnico por secciones (rigging) para proteger la vivienda y las infraestructuras cuando la tala es la única opción.
Solicitar evaluación técnicaPoda en altura
Podas de seguridad y estructurales en parada vegetativa, con cuadrilla especializada en el trabajo en altura.
Solicitar evaluación técnicaEndoterapia
Tratamiento fitosanitario por inyección al tronco, sin pulverización, para árboles ornamentales y de alto valor.
Solicitar evaluación técnicaCómo gestionamos tu licencia
El método de evaluación, la valoración de la compensación y la tramitación del expediente, explicados paso a paso.
Técnico competente, garantía de que tu expediente se acepta
Pablo Mateos Henrich · Técnico Forestal
El responsable es Pablo Mateos Henrich, Técnico Superior en Gestión y Organización de los Recursos Naturales y Paisajísticos: evalúa el árbol, valora la compensación y gestiona el expediente. El informe técnico lo firma o visa un Ingeniero de Montes colegiado del equipo cuando el municipio lo exige. La tala la ejecuta una cuadrilla especializada con seguro de responsabilidad civil. Esa firma de técnico competente es justo lo que distingue un expediente que se acepta de uno que se rechaza.
Actualizada a septiembre de 2026 · normativa conforme a la Ley 7/2024
Fuentes
- Ley 8/2005, de protección y fomento del arbolado urbano de la Comunidad de Madrid (BOE-A-2006-3669, texto consolidado), reformada por la Ley 7/2024 (BOCM nº 308, 27/12/2024).
- Ordenanza reguladora de la protección del arbolado y las zonas verdes de Colmenarejo (BOCM nº 230, 27/09/2004; modificaciones en BOCM nº 191, 11/08/2016, y nº 302, 19/12/2018), arts. 8, 38, 43, 53-59 y Anexos IV y V.
- Página municipal «Arbolado, Parques y Jardines» (ayto-colmenarejo.com).
- Ley 20/1999 del Parque Regional del Curso Medio del río Guadarrama y su entorno (art. 1: Colmenarejo entre sus municipios).
- Verificado en fuente oficial el 29/09/2026.
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