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Zona de actuación · Hoyo de Manzanares

Arboricultura técnica y licencias de tala y poda en Hoyo de Manzanares

Talar, arrancar o podar un árbol en una parcela de Hoyo de Manzanares requiere autorización municipal, sea cual sea el árbol. Te explicamos qué exige el Ayuntamiento y lo gestionamos por ti.

La buena noticia es que casi nunca tienes que pelearte tú con la Administración. Evaluamos el árbol, preparamos el informe que exige la normativa —firmado o visado por el Ingeniero de Montes colegiado del equipo cuando el municipio lo requiere—, tramitamos la licencia en tu representación y coordinamos la ejecución. Tú delegas el riesgo legal; nosotros lo resolvemos.

En Hoyo de Manzanares, talar, arrancar o podar árboles en terrenos privados está sometido a autorización municipal, sean o no especies protegidas (Ordenanza ecológica, art. 15). El municipio está acogido por el Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares y la Reserva de la Biosfera. La Ley 8/2005 de la Comunidad de Madrid, reformada por la Ley 7/2024, tipifica la tala no autorizada como infracción muy grave. No es un trámite menor: es un riesgo legal que conviene delegar.

La particularidad local

Lo que Hoyo exige (y casi nadie te cuenta)

Hoyo no mira el tamaño del árbol: cualquier tala o poda en terreno privado pasa por el Ayuntamiento. Esto es lo que pide y dónde se tuerce un expediente mal planteado.

Toda tala y toda poda, con autorización

Estén o no catalogados y sean o no especies protegidas, talar, arrancar o podar árboles en terreno privado exige autorización. (Art. 15.)

Poda: 15 días hábiles de silencio positivo

Se comunica el sistema de poda y, si el Ayuntamiento no contesta en 15 días hábiles, la poda se considera autorizada. (Art. 16.)

Informe de tala árbol por árbol

El informe analiza especie, edad, estado, longevidad, peligrosidad y alternativas a la tala, y la autorización es individual para cada ejemplar. Se compensa con un árbol por año de edad. (Art. 20.)

Encinas y fresnos singulares en fincas privadas

Algunos árboles singulares están en fincas particulares y no pueden suprimirse, ni siquiera muertos. (Art. 14 y DT 1ª.)

Fuente: Ordenanza ecológica de protección de la biodiversidad y de regulación del medio ambiente y de los espacios naturales y urbanos de Hoyo de Manzanares (arts. 14, 15, 16, 20 y DT 1ª). Verificado en fuente oficial el 29/09/2026.

Nuestros servicios en Hoyo

Qué resolvemos en el municipio

Gestión integral de licencia de tala y poda

Evaluamos, preparamos el informe que firma el técnico competente, valoramos la compensación y tramitamos la licencia ante el Ayuntamiento de Hoyo, de principio a fin.

Ver el servicio

Tala y apeo controlado

Desmontaje técnico por secciones (rigging) para proteger la vivienda y las infraestructuras cuando la tala es la única opción.

Solicitar evaluación técnica

Poda en altura

Podas de seguridad y estructurales en parada vegetativa, con cuadrilla especializada en el trabajo en altura.

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Endoterapia

Tratamiento fitosanitario por inyección al tronco, sin pulverización, para árboles ornamentales y de alto valor.

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Quién firma

Técnico competente, garantía de que tu expediente se acepta

Pablo Mateos Henrich, Técnico Forestal

Pablo Mateos Henrich · Técnico Forestal

El responsable es Pablo Mateos Henrich, Técnico Superior en Gestión y Organización de los Recursos Naturales y Paisajísticos: evalúa el árbol, valora la compensación y gestiona el expediente. El informe técnico lo firma o visa un Ingeniero de Montes colegiado del equipo cuando el municipio lo exige. La tala la ejecuta una cuadrilla especializada con seguro de responsabilidad civil. Esa firma de técnico competente es justo lo que distingue un expediente que se acepta de uno que se rechaza.

Actualizada a septiembre de 2026 · normativa conforme a la Ley 7/2024

Fuentes

  • Ley 8/2005, de protección y fomento del arbolado urbano de la Comunidad de Madrid (BOE-A-2006-3669, texto consolidado), reformada por la Ley 7/2024 (BOCM nº 308, 27/12/2024).
  • Ordenanza ecológica de protección de la biodiversidad y de regulación del medio ambiente y de los espacios naturales y urbanos en el ámbito territorial del municipio de Hoyo de Manzanares (BOCM núm. 46, de 24/02/2011), arts. 14, 15, 16, 20, 21, 22, 28 y DT 1ª.
  • Área de Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares (hoyodemanzanares.es) y nota municipal de 13/08/2019 sobre podas.
  • Verificado en fuente oficial el 29/09/2026.
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