Evaluamos el árbol
En persona o por foto vía WhatsApp: especie, estado, qué ramas hay que quitar y si en El Escorial esa poda necesita permiso.
El Escorial regula la poda por el grosor de la rama. Con ramas de menos de 5 cm, no hace falta autorización. Las podas normales (ramas de 5 a 10 cm o menos de la mitad de la copa) y las excepcionales (más de 10 cm o más de la mitad) sí la necesitan, y está prohibido podar en primavera y en otoño.
Ordenanza verificada en fuente oficial el 29/09/2026 · actualizada el 07/10/2026.
Poda normal. Ramas de 5 a 10 cm de diámetro o menos del 50 % de la copa: autorización por el procedimiento ordinario. (arts. 14.2 y 22)
Poda excepcional. Ramas de más de 10 cm o más del 50 % de la copa, o un jardín protegido por el catálogo municipal: procedimiento extraordinario con informe de facultativo competente. (arts. 14.3 y 22.2)
Al terminar. Hay que presentar una declaración con fotos del estado final del árbol. (art. 22.5)
Sin permiso: No necesitan autorización las ramillas de menos de 5 cm ni los árboles en suelo no urbano, entre otros. Los árboles singulares tienen su propio régimen.
Prohibido podar en primavera (de la apertura de yemas a la hoja completa) y en otoño (durante la caída de la hoja). Poda ligera de ramas secas o rotas, todo el año; podas drásticas, en latencia, entre noviembre y marzo; palmeras, de julio a septiembre.
Impreso municipal «Solicitud de poda» con autoliquidación previa de la tasa, en el Registro General o en la sede electrónica de El Escorial.
Qué se aporta: Titular, especie y altura, fotos del ejemplar, del entorno y de las ramas, referencia catastral, tipo de poda y si hay riesgo inminente. El impreso pide también la fecha de la última poda. Para la poda excepcional, informe de facultativo competente.
Plazo: Si hay riesgo inminente, el técnico municipal visita el árbol en un máximo de 2 días hábiles y puede autorizar la poda en la propia acta.
A tener en cuenta en El Escorial: Su ordenanza es la más reciente de la zona (modificada en el BOCM de 23/09/2025) y solo se aplica al suelo urbano.
¿Lo que necesitas es talar? Mira la licencia de tala en El Escorial. ¿Comparar con otros municipios? Época de poda en el noroeste de Madrid.
En persona o por foto vía WhatsApp: especie, estado, qué ramas hay que quitar y si en El Escorial esa poda necesita permiso.
Si hace falta, preparamos la solicitud y el informe técnico (firmado o visado por el Ingeniero de Montes colegiado del equipo cuando el municipio lo exige) y lo presentamos en tu nombre.
La cuadrilla especializada poda en la época correcta, con seguro de responsabilidad civil, y retiramos los restos.
Soy Pablo Mateos Henrich, Técnico Superior en Gestión y Organización de los Recursos Naturales y Paisajísticos (Técnico Forestal). Coordino y preparo cada expediente de principio a fin: evalúo el árbol, valoro la compensación y gestiono el trámite. Doy la cara y respondo de cada intervención.
El informe técnico lo firma o visa el Ingeniero de Montes colegiado del equipo cuando el municipio lo exige. La tala la ejecuta una cuadrilla especializada con seguro de responsabilidad civil.
Pablo Mateos Henrich
Técnico Superior en Gestión y Organización de los Recursos Naturales y Paisajísticos
El Escorial regula la poda por el grosor de la rama. Con ramas de menos de 5 cm, no hace falta autorización. Las podas normales (ramas de 5 a 10 cm o menos de la mitad de la copa) y las excepcionales (más de 10 cm o más de la mitad) sí la necesitan, y está prohibido podar en primavera y en otoño.
Prohibido podar en primavera (de la apertura de yemas a la hoja completa) y en otoño (durante la caída de la hoja). Poda ligera de ramas secas o rotas, todo el año; podas drásticas, en latencia, entre noviembre y marzo; palmeras, de julio a septiembre.
Impreso municipal «Solicitud de poda» con autoliquidación previa de la tasa, en el Registro General o en la sede electrónica de El Escorial. Titular, especie y altura, fotos del ejemplar, del entorno y de las ramas, referencia catastral, tipo de poda y si hay riesgo inminente. El impreso pide también la fecha de la última poda. Para la poda excepcional, informe de facultativo competente.
No necesitan autorización las ramillas de menos de 5 cm ni los árboles en suelo no urbano, entre otros. Los árboles singulares tienen su propio régimen.
Sí. Evaluamos el árbol, tramitamos la autorización cuando hace falta y coordinamos la poda en altura con una cuadrilla especializada con seguro de responsabilidad civil, en la época correcta. Retiramos los restos.
Déjame tu teléfono y te llamo en menos de 2 horas para decirte si necesitas licencia y cómo lo resolvemos. Sin compromiso.
¿Prefieres hablar ya?
Fuentes: Ordenanza de arbolado de El Escorial (modificación publicada en el BOCM de 23/09/2025), arts. 14, 17, 22 y 25. Verificado en fuente oficial el 29/09/2026. Esta página es informativa y no sustituye a la resolución del Ayuntamiento.